Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratacion indefinida de personas con discapacidad

Plazo de solicitudes

La solicitud de las ayudas reguladas en el presente decreto, podrán presentarse durante la vigencia de la convocatoria.
El plazo máximo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes, será de un año a contar desde la entrada en vigor de la respectiva convocatoria, desde el 19 de septiembre de 2014.

Proceso de concesion

Las subvenciones serán dadas siguiendo un régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.

Pago de la subvencion

El abono de la subvención se realizará en un pago único, por el importe total de la ayuda concedida, una vez dictada la resolución de concesión, pudiéndose modificar la misma si se modifican las condiciones laborales del trabajador por el que se consiguió.

Para ampliar informacion puede consultar el DOE del 09 de septiembre

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Beneficiarios:

-Las pequeñas y medianas empresas (PYMES en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos que realicen contrataciones de personas con discapacidad. También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de trabajadores con discapacidad. En la presente convocatoria, y como novedad se incluyen a grandes empresas y a las del sector agrícola, anteriormente excluídas.

Programas y cuantias de subvenciones:

Los importes de todos los programas hacen referencia a contrataciones con jornada laboral completa, en el caso de que sea a tiempo parcial, la cuantía será minorada proporcionalmente a dicha jornada.

PROGRAMA I:

- Contrataciones indefinidas de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias.

- Incorporación de trabajadores con discapacidad como socios trabajadores en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajadores Asociados y de Sociedades Laborales.

Cuantía de la subvención: máximo 7000 €.

PROGRAMA II

- Contratación indefinida por empresas ordinarias de trabajadores discapacitados con especiales dificultades de integración laboral.

Cuantía de la subvención: 7814 € por cada contrato.

PROGRAMA III:

- Transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas, o para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en contrataciones indefinidos celebradas con trabajadores con discapacidad.

Se concederán subvenciones por importes de 4500 €.

PROGRAMA IV:

- Contratación temporal de fomento del empleo.

La subvención consistirá en 1000 €.

PROGRAMA V:

- Adaptación de los puestos de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas que dificulten el ejercicio de su actividad laboral, excluyéndose la adquisiciónde bienes usados.

Cuantía de la subvención: 901 € como máximo.

Exclusiones:

- Las Empresas de trabajo temporal.
- Las administraciones públicas.
- Las contrataciones indefinidas de trabajadores fijos-discontínuos.